Entrevista a Presidente de ADIFAN, sobre importación de vacunas por parte de laboratorios privados.
Tras el anuncio de la compra de vacunas COVID -de Sinopharm y AstraZeneca- por parte del Estado peruano, desde el Ejecutivo se está allanando el camino para el otorgamiento de registro sanitario condicional por un año a medicamentos y productos biológicos (vacunas) con estudios clínicos en fase III con resultados preliminares, en la prevención y tratamiento de enfermedades gravemente debilitantes o potencialmente mortales (como el COVID) que dan lugar a una emergencia a nivel nacional declarada por el Poder Ejecutivo o por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
De este modo se emitió hoy el reglamento para el registro sanitario condicional de medicamentos y productos biológicos por parte de la Digemid. ¿Qué establece esta normativa? en su artículo 8 establece -específicamente- que podrán solicitar el registro sanitario condicional quienes cuenten con la autorización sanitaria como laboratorio de productos farmacéuticos o droguería.
El presidente de la Asociación de Industrias Farmacéuticas Nacionales (ADIFAN), José Enrique Silva, dijo que el nuevo reglamento permitirá a los laboratorios y droguerías importar y comercializar vacunas contra el COVID.
“El reglamento emitido hoy lo que hace es preparar la cancha para el ingreso a Perú de producto con niveles de riesgo alto, pero que son de emergencia como es el caso de las vacunas COVID. También abre la posibilidad de que los laboratorios y droguerías puedan importarlo y comercializarlo”, detalló.
El representante gremial precisó que para importar este tipo de productos biológicos (vacunas) “se tiene que estar especializado”.